Por: Ricardo Galindo/CNT/ANTAM
Cd. Victoria, Tamaulipas.- Juan José Ramos Charre, presidente del Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) señaló que los requisitos de elegibilidad están definidos para los distintos cargos en la Constitución del Estado, la Ley Electoral y el Código Municipal, y en procesos judiciales depende del juez en cuestión determinar o no la suspensión de los derechos político electorales.
Esto en torno al caso de la ex secretaria de Bienestar Social, YAC, quien podría ser vinculada a proceso por una jueza en Victoria y quien buscó ya en dos ocasiones la alcaldía de Nuevo Laredo, sobre el cual no se pronunció en particular al ser un hecho futuro si buscará o no registrarse para participar en la elección del 2027.
«El registro de candidaturas es una etapa del proceso electoral que se definirá el 13 de septiembre que aprobemos el calendario electoral», dijo.
En este sentido, precisó que será hasta la etapa de registro a candidaturas cuando la autoridad electoral valore si se cumplen o no los requisitos de elegibilidad.
«En este momento no tengo yo elementos objetivos algunos para poder pronunciarme si la persona en mención es o no elegible, eso le corresponde en primera instancia a los partidos políticos como parte de sus procesos de selección y después cuando se envíen sus registros valoraremos las circunstancias como siempre se ha hecho», dijo.
Así pues, Ramos Charre sostuvo que en su momento el IETAM consultará al INE si las personas que buscan el registro están o no vigentes en sus derechos político electorales.
«No es posible si una persona no tiene vigentes sus derechos político electorales que pueda participar como candidata o candidato a un cargo de elección popular, por la razón de que el derecho a votar y ser votado es un derecho fundamental», dijo.
De esta manera, si la persona está o no privada de los derechos político electorales lo está por determinación de una autoridad jurisdiccional y no de la electoral.
«De tal suerte que si existe un juez que producto de una causa criminal determina que una persona deben privarsele sus derechos político electorales eso se le comunica en primera instancia al INE y al Registro Federal de Electores para que proceda a darle de baja del listado nominal y el padrón electoral», dijo.

