Por: José Medina/CNT/ANTAM
Cd. Victoria, Tamaulipas.- La diputada Magaly Deandar Robinson presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones del Código Civil del Estado en materia de filiación, reconocimiento y registro de nacimiento, con el propósito de armonizar la legislación local con los principios constitucionales de igualdad, no discriminación, dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad e interés superior de la niñez.
La legisladora sostuvo que la orientación sexual o identidad de género no debe seguir utilizándose como argumento para limitar derechos familiares ni restringir el acceso al reconocimiento de la filiación.
La propuesta establece que las personas progenitoras, de manera conjunta o separada, tendrán la obligación de declarar y registrar el nacimiento de manera inmediata al alumbramiento. En ausencia de ellas, la responsabilidad recaerá en los ascendientes en segundo grado.
Asimismo, las personas médicas o quienes hayan asistido el parto deberán dar aviso del nacimiento al Oficial del Registro Civil dentro de los tres días siguientes, mediante la entrega del certificado de nacido vivo o, en su caso, de defunción fetal o del producto.
Deandar Robinson explicó que la iniciativa busca eliminar barreras normativas mediante una técnica jurídica incluyente y funcional, incorporando conceptos como “personas progenitoras”, “parentalidad” y “personas que reconozcan”, con el objetivo de que el marco civil estatal responda a la pluralidad familiar existente.
Aclaró que la propuesta no elimina ni desconoce la figura tradicional de la familia, sino que amplía la protección legal para incluir a todas las conformaciones familiares sin discriminación.
“La parentalidad, entendida como el ejercicio responsable de las obligaciones inherentes al cuidado y desarrollo integral de hijas e hijos, debe recibir reconocimiento jurídico pleno, sin importar el sexo de quienes la ejerzan”, expresó.
La diputada señaló que resulta inadmisible que el acceso al reconocimiento pleno de derechos dependa de la orientación sexual de las personas o de la conformación específica de su núcleo familiar.
“Todas las familias merecen la misma protección de la ley”, enfatizó.
Deandar Robinson indicó además que negar o dificultar el reconocimiento de la filiación desde el nacimiento afecta directamente derechos fundamentales de niñas y niños, como identidad, nombre, nacionalidad, acceso a servicios de salud, educación, seguridad social y seguridad jurídica.
Dentro de las modificaciones planteadas, destaca la reforma al Artículo 62 del Código Civil, para establecer que en el acta de nacimiento deberá asentarse el nombre de las personas que reconozcan a la niña, niño o adolescente como su hija o hijo, sin importar sexo, estado civil o conformación familiar.
También el Artículo 68 señalaría que el acta de reconocimiento hará constar la filiación existente entre la hija o hijo y las personas progenitoras que aparezcan en el acta.
En tanto, el Artículo 300 definiría la filiación como la relación jurídica existente entre una persona y quienes ejerzan respecto de ella maternidad, paternidad o parentalidad, constituyendo el núcleo primario de la familia.

